Las dudas más frecuentes sobre escrituración
- Guadalupe Sandoval - Vivanuncios
- 10 ene 2019
- 3 Min. de lectura
¿Tengo que escriturar forzosamente?, ¿Es caro? Encuentra aquí las respuestas.
Una de las principales funciones del notario es brindar seguridad jurídica al patrimonio de las familias a través de la formalización de la compraventa de inmuebles en escritura pública.
Por ello, es necesario acudir al notario antes de realizar cualquier trámite, pago o contrato de compraventa de un inmueble para que éste revise los documentos de la propiedad y asesore jurídicamente a las partes.
Si te preguntabas cuánto cuesta, si realmente debes hacerlo y qué pasa si no escrituras tu casa, te sugerimos leer hasta el final, ya que el Colegio Nacional del Notariado Mexicano y Vivanuncios responden algunas de las dudas más comunes sobre el tema.

¿Un contrato privado puede sustituir la escrituración?
No, para la mayoría de las familias comprar una casa representa invertir todos sus ahorros y, muchas veces, el patrimonio más importante de su vida. No escriturar resulta peligroso puesto que los contratos privados y los poderes notariales no son soluciones a largo plazo y conllevan grandes riesgos para el comprador; por ejemplo, la muerte del vendedor da por concluido el poder, lo que implicaría que a la muerte del vendedor tendríamos que iniciar un juicio para probar la posesión del inmueble y con eso la propiedad.
¿Es muy caro escriturar un inmueble?
Actualmente en la zona metropolitana de la CdMx el costo de la escritura de compraventa de una vivienda oscila entre el 4% y 7% del valor total de la propiedad. La mayor proporción de este costo son impuestos y derechos que el notario retiene y tiene que pagar al fisco.
¿Cuáles son los gastos de escrituración?
Corren por cuenta del comprador, y son:
Impuesto sobre adquisición de inmuebles (es local, en algunos lugares se denomina impuesto al traslado de dominio).
Derechos de registro público.
Derechos por la obtención de certificados o constancias de diversas dependencias (tales como, certificado de libertad de gravámenes, constancias de no adeudo de contribuciones, constancias de uso de suelo, planos catastrales, entre otros; y erogaciones (pago a gestores, traslados, avalúos, viáticos, etcétera); finalmente los honorarios del notario y el correspondiente IVA.
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