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¿Qué hacer cuando quiero comprar mi casa?

  • Colegio de Notarios del Distrito Federal
  • 11 oct 2016
  • 3 Min. de lectura


Con frecuencia, el patrimonio de las familias consiste principalmente de inmuebles. Por ello, y para evitar problemas, es muy importante que su compraventa se lleve a cabo tal y como la marca la ley.


¿Qué debo saber antes de comprar una casa?

Si ya tengo u acuerdo para comprar casa, el Código Civil establece como regla general que la transmisión de la propiedad debe hacerse mediante una escritura pública ante Notario.

Evita, sin la asesoría adecuada, firmar contratos privados o comprar inmuebles mediante poderes irrevocables. Acércate con tu asesor inmobiliario de confianza o con tu Notario, quienes te auxiliarán para adquirir la propiedad de manera segura.

Pregunta por los programas de escrituración vigentes por parte de las autoridades; en ocasiones hay algunos descuentos fiscales y otras facilidades para cierto tipo de propiedades.


Requisitos previos para Escriturar

Debes hacer cita en la notaría y tener de preferencia el original de los siguientes documentos, entre otros:

  • Título de la propiedad.

  • Boletas de predial y agua del año presente.

  • Identificación oficial del vendedor y del comprador; de estar casado, se debe acompañar también el acta de matrimonio.

  • En la adquisición de un departamento o casa en condominio, el mismo condominio donde se encuentra la vivienda debe estar constituido por el Régimen de Propiedad en Condominio, el cual se menciona en la misma escritura del departamento o casa. Se necesita la copia del régimen de propiedad en condominio solamente para inmuebles nuevos o para aquellas propiedades que hayan sido adquiridas por medio de algún juicio.

  • La constancia de no adeudos emitida por el administrador del condominio, no la piden en todos los casos, pero es importante solicitarla para el mes en que se pretende escriturar el inmueble.


¿Cuánto cuesta escriturar?

Como auxiliar de la administración de justicia y de las autoridades fiscales, el Notario tiene la obligación de retener (cobrar) los impuestos que se generen en una compraventa e integrar esa cantidad al fisco.


Pasos para escriturar

Lo principal es asistir con un Notario, quien:

  • Solicita un certificado y le avisará al Registro Público de la Propiedad respecto de la compra, teniendo así protección desde que el Notario inicia el proceso para la escritura.

  • Obtiene las constancias de uso de suelo y de no adeudo por impuesto predial y agua.

  • Se cerciora de quien te va a vender puede hacerlo y procederá a redactar la escritura.

  • Ante él se otorga el contrato de compraventa elevado a escritura pública, con las firmas del comprador y vendedor.

  • Retiene y paga los impuestos tanto federales como locales que proceden por la compraventa.

  • Expide un testimonio (copia certificada de la escritura con todos sus comprobantes) y tramita su inscripción en el Registro Público de la Propiedad donde se registra al nuevo propietario.

De igual forma, cobra los derechos, avalúos, gestorías y demás gastos que genera una escrituración Por su parte, los honorarios del Notario se calculan en función de lo que la autoridad le señala que debe de cobrar (Arancel), el cual es del orden de la sexta parte del pago total hecho al Notario.

El Notario te informará, en un desglose, cada uno de los conceptos erogados.


¿Por qué debo Escriturar?

Tu escritura es el documento que comprueba que eres el propietario. Te ayuda a que cuando quieras vender todo esté en regla y, en caso de herencia, permite transmitir el bien a tus herederos sin ningún problema.

Además, tu escritura evita posibles fraudes que puedan propiciar el quebranto de familias enteras. Precisamente, el Notario otorga seguridad jurídica a dichas transacciones.

 
 
 

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